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No a esta Constitución Europea
La democracia en la Unión (II)

Uno de los procesos de toma de decisiones es el de la unanimidad. Lo que quiero plantear aquí es en qué medida es la unanimidad un proceso democrático.

La unanimidad se basa en la igualdad soberana entre los Estados. El que un Estado sea soberano implica que otros Estados no pueden imponerle una conducta, como norma general. Es decir, si veinticuatro de veinticinco países de la Unión Europea toman una decisión determinada, no pueden imponérsela al vigésimo quinto país. Porque es soberano, y sólo queda obligado si así lo desea.

Por eso, en muchas de las decisiones del Consejo de Ministros o del Consejo Europeo, se solicita la unanimidad. Porque hemos dicho que estos dos organismos son los que representan a los Estados. Existen casos en los que la unanimidad no se solicita. Eso es posible porque previamente, el Estado, al ratificar la Constitución, ha cedido parte de su soberanía, permitiéndolo. En todo caso, de forma directa o indirecta, debe existir un consentimiento por parte del Estado.


Vale. ¿Cuáles son los efectos de la exigencia de unanimidad? Existen posturas encontradas.

Mediante este procedimiento, lo que se pretende es que a través del diálogo se aproximen posiciones separadas, para alcanzar al menos un acuerdo en lo esencial. Esto es muy útil en Derecho Internacional, porque no existen mecanismos de ejecución consolidados. ¿Qué quiero decir con esto? Un ejemplo: en un país, el Parlamento dicta una ley prohibiendo el asesinato. Si un ciudadano ataca a otro con intenciones nada buenas y tiene suerte de que pase la policía por ahí, la policía tratará de reducir al atacante. Si no hay tanta suerte y el ataque se produce, e incluso tal vez la víctima muere, igualmente la policía intentará encontrar y detener al asesino, y un tribunal podrá condenarlo a tantos años de prisión, e ingresará en la cárcel, donde será vigilado por el funcionariado de prisiones, para que no se escape.

Ejemplo paralelo: la ONU declara que la guerra es un delito internacional. Pese a ello, la gran superpotencia decide invadir un país determinado. Si a la gran superpotencia se le mete entre ceja y ceja atacar ese país, no hay nada que hacer. No se puede detener a los que han tomado la decisión, ni enjuiciarlos, ni meterlos en la cárcel, ni nada. Mala suerte.

Por eso no es recomendable imponer a un Estado determinada conducta, porque no hay forma de que asegure que dicho Estado cumplirá. Y por eso se prefiere un acuerdo de todos, aunque sea mucho más reducido. De todos modos, eso ocurre a nivel internacional: pero en la Unión Europea, hay que decirlo, sí existe cierta estructura capaz de hacer efectiva una sanción. Entre otras cosas, hay un Tribunal de Justicia Europeo.


El principal problema de la unanimidad es que, en la práctica, concede un derecho de veto a cada uno de los Estados. Si una decisión debe ser tomada por unanimidad y un determinado país se empeña, la decisión no se toma. Es así de sencillo. Se le puede presionar para que cambie de postura, y si es un país pequeño será fácil que ceda, pero si es un país más importante es factible que se mantenga en sus trece (lo que, realmente, dice algo sobre lo democrático del proceso: aunque bueno, lo mismo pasaría con un sistema de mayorías).


El problema es saber qué es lo que ocurrirá en la práctica. Si la unanimidad servirá para fomentar el diálogo y que se llegue a un acuerdo esencial entre todos los países, o servirá para que la minoría más inmovilista marque el ritmo.
Una pista: durante su mandato, Margaret Thatcher vetó sistemáticamente cualquier mención a derechos sociales en los distintos tratados europeos, y frenó considerablemente la integración europea.


escrito el 2.12.04 a las 23:33|



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